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Protocolo TMERT V3 paso a paso: cómo aplicarlo en tu empresa

Los pasos del protocolo TMERT V3 con su numeral: identificación inicial, avanzada, condición crítica, plazos de 90 días y vigilancia de salud.

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Protocolo TMERT V3 paso a paso: cómo aplicarlo en tu empresa
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El protocolo TMERT V3 se aplica en cinco movimientos: difundir, caracterizar los puestos, hacer la identificación inicial, pasar a la identificación avanzada donde aparezca riesgo y, si la tarea queda en condición crítica, intervenir en un plazo máximo de 90 días. Rige desde el 25 de febrero de 2026. Si ya identificaste con la V2, no partes de cero: revisas los puestos con las preguntas que cambiaron.

Esta guía sigue el orden del protocolo y cita su numeral en cada paso. Qué cambió exactamente entre la V2 y la V3 lo explicamos en MINSAL aprueba la actualización del Protocolo TMERT V3; aquí va cómo se aplica en una planta o una faena.

¿Qué exige el protocolo TMERT V3 y desde cuándo rige?

El Ministerio de Salud aprobó el Protocolo de Vigilancia Ocupacional por Exposición a Factores de Riesgo de Trastornos Musculoesqueléticos V3 con la Resolución Exenta N° 1.697, del 26 de diciembre de 2025. Se publicó en el Diario Oficial N° 44.385 del 25 de febrero de 2026 y, según el numeral 5 de la resolución, rige desde esa publicación. El numeral 6 deja sin efecto las resoluciones exentas N° 327 y N° 1.660 de 2024, que sostenían la versión anterior.

La razón del cambio está en los considerandos: la Subsecretaría de Salud Pública y la SUSESO detectaron en la etapa de identificación avanzada redacciones que podían llevar a subvalorar el riesgo. Por eso la V3 se nota sobre todo en las tablas de esa etapa.

El texto del protocolo lo publica el Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Es obligatorio para toda entidad empleadora, sin importar tamaño ni rubro, y mira trabajo repetitivo de extremidades superiores, posturas estáticas o forzadas, manejo manual de cargas (con empuje y arrastre), manejo manual de pacientes o personas, y vibraciones de cuerpo completo y mano-brazo.

¿Qué preguntas de la identificación avanzada conviene mirar dos veces?

Cuatro preguntas de la V3 son las que más cambian el resultado de un puesto. Están en las tablas II, III y VI del protocolo:

  • Trabajo repetitivo, condición aceptable: "¿La duración total de las tareas repetitivas es menor a 4 horas totales dentro de la jornada laboral?". Cuatro horas justas ya no califican.
  • Trabajo repetitivo, condición crítica: "¿No hay más de una pausa (incluyendo el almuerzo) en un turno de 6 a 8 horas?". Un turno de siete horas con sólo la colación cae aquí.
  • Posturas: la flexión de cabeza tiene que ser menor a 25° para ser aceptable, y en la condición crítica se pregunta si está en 25° o más.
  • Muñeca: se pregunta de forma explícita si está ausente la desviación extrema (ulnar o radial).

Conviene pasar por estas cuatro preguntas los puestos donde se mira una pantalla baja, se trabaja con la muñeca desviada o la tarea repetitiva ocupa media jornada o más, como fileteo, empaque o digitación.

Qué se ve en terreno con un programa de bienestar

Lo que podemos mostrar es el efecto de sostener las medidas en el tiempo. En Mowi Chacabuco, un programa de bienestar con kinesiólogos en terreno y espacios para recuperarse en la jornada alcanzó 70 % de participación, y la planta cerró 2025 con 0 % de accidentes, un hito histórico (caso Mowi). La participación es lo que el protocolo no puede exigir por escrito y lo que decide si una medida administrativa funciona.

Protocolo TMERT V3 paso a paso

El orden sigue el índice del protocolo. Entre paréntesis va el numeral que respalda cada paso, para que puedas mostrarlo en una fiscalización.

  1. Difunde el protocolo (numeral 4). Tu organismo administrador te lo difunde a ti y tú a trabajadores, sindicatos y Comité Paritario, con un registro verificable de que lo hiciste.
  2. Caracteriza los puestos de trabajo y arma los grupos de exposición similar (numerales 3.1 y 3.3). El ISL lo trata como una etapa previa: sin esa lista, la identificación queda incompleta.
  3. Haz la identificación inicial con la lista de verificación de la tabla I (numeral 5.1.1). La responsabilidad es de la entidad empleadora, por puesto de trabajo o por tarea realizada. Si todas las respuestas son NO, se acredita con el anexo I y se repite cada 3 años o apenas cambien las condiciones.
  4. Pasa a la identificación avanzada en cada tarea con un SÍ (numeral 5.1.2). Si todas las preguntas de condición aceptable son SÍ, la tarea es aceptable. Si una es NO, se revisa contra las tablas de condición crítica (numeral 5.1.3). En micro y pequeñas empresas esta etapa se hace con asistencia técnica presencial del organismo administrador.
  5. Si la tarea queda en condición crítica, interviene de inmediato: el plazo máximo es de 90 días desde ese resultado, y después se reevalúa con las tablas de condición aceptable (numeral 5.2.1).
  6. Si el riesgo queda intermedio, pide la evaluación a tu organismo administrador (numeral 5.2). La hace un profesional con formación en ergonomía, con los métodos que fija el numeral 5.2.1 para cada factor: ART para trabajo repetitivo, OWAS o REBA para posturas, MAC y RAPP para manejo manual de cargas y MAPO para manejo de pacientes. Si hace falta, sigue una evaluación avanzada con métodos como Check List OCRA, la norma ISO 11.226 o la ecuación NIOSH.
  7. Recibe el informe y comunícalo. El organismo administrador lo entrega en un máximo de 30 días corridos desde que notifica niveles no aceptables, y tú informas a los trabajadores en no más de 5 días desde que lo recibes (numeral 5.3).
  8. Implementa las medidas priorizando las de ingeniería sobre las administrativas (numeral 7). Pausas, rotación y capacitación son administrativas: sirven, pero no reemplazan rediseñar el puesto cuando se puede. Si las medidas salen de la evaluación avanzada del organismo administrador, el plazo máximo es de 90 días para las administrativas y de 180 días para las de ingeniería (numeral 5.2.1).
  9. Activa la vigilancia de salud para quienes quedaron expuestos a una condición no aceptable (numeral 12). Se evalúa cada 6 meses hasta que el riesgo esté controlado.
  10. Deja el protocolo en el programa mensual del Comité Paritario (numeral 11) y cierra la capacitación del numeral 8. Guarda todo en papel o digital: la autoridad sanitaria lo puede pedir.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que repetir todo lo que hice con la V2?

No necesariamente. La V3 cambió preguntas de la identificación avanzada; revisa con las tablas nuevas los puestos que ya tenías evaluados y repite donde el resultado pueda cambiar. El propio protocolo indica que, si la empresa ya lo había implementado, debe revisar el nivel de riesgo de los puestos evaluados (numeral 5.2.1).

¿Quién hace la identificación inicial?

La entidad empleadora, por puesto o por tarea. Puede apoyarse en su departamento de prevención, en el Comité Paritario o en trabajadores capacitados, con un proceso documentado y firmado.

¿Cada cuánto se repite la identificación?

Cada 3 años si no hay riesgo, y de inmediato si cambian las condiciones de trabajo, según el numeral 5.1.1.

¿Las pausas activas bastan para cumplir?

Son una medida administrativa válida, pero el numeral 7 pide priorizar las de ingeniería. En un puesto crítico, la pausa acompaña al rediseño; no lo reemplaza.

¿Qué pasa si no aplico el protocolo?

Los trabajadores y sus organizaciones pueden comunicar a la autoridad sanitaria o a la del trabajo que no se implementaron las medidas preventivas (numeral 9), y las SEREMI de Salud fiscalizan la aplicación del protocolo (numeral 13.3).

El paso siguiente

Si tu identificación avanzada dejó puestos en condición crítica o intermedia, tienes 90 días para que la medida exista y se use. La medida la define tu empresa con su organismo administrador. Makana no reemplaza ese proceso; entrega herramientas que ayudan a mitigar el riesgo de fondo: salas para recuperarse dentro de la jornada, visitas de kinesiología a los equipos y seguimiento de molestias en la app, con el uso activado y medido por equipo. En quienes usan Makana al menos una vez al mes, el ausentismo bajó 17,5 % frente a un grupo control (estudio UC · ANID). Revisa cómo trabajamos con empresas.

Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría de tu organismo administrador de la Ley 16.744.

Revisión clínica: Equipo Makana (revisión interna; kinesiología: Kai Horwitz, kinesiólogo). Última revisión: 17 de octubre de 2026.

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